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lunes, 5 de agosto de 2019

Marian Gomez



Comunicado de la Campaña para la Absolución de Mariana Gomez

Hoy fue presentado un Recurso de Casación solicitando se revoque la sentencia que condenó a Marian Gómez a un año de prisión por Resistencia a la autoridad y Lesiones leves, y se dicte su absolución. Asimismo, organizaciones políticas y de derechos del colectivo LGBTI movilizaron esta mañana a la puerta del Tribunal Penal Nº26 exigiendo la destitución de la jueza homolesbotransodiante Marta Yungano.

En el extenso escrito, la defensa solicita la revocación de la sentencia argumentando que la Jueza YUNGANO realizó una errónea aplicación de la Ley, tanto del Código Penal en relación al delito de Lesiones leves; ya que condenó en violación del artículo 72 de ese Código; como de la aplicación de la Ley Nacional 26.687 (control de tabaco), en vez de la Ley de la Ciudad 1.799. Ya que la propia Ley Nacional establece en su artículo 39, que su ámbito de aplicación es sólo nacional (por ejemplo un aeropuerto, o el Congreso de la Nación) pero que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberán aplicar su propia legislación. Y la Ley de la Ciudad no prevé la detención de la infractora, por lo que el arresto realizado por el Oficial ROJO era ilegítimo y por tanto la resistencia de Marian no es delito.





También solicita la defensa que se declare nula la sentencia en tanto la Jueza valoró de manera arbitraria y prejuiciosa la prueba, ignorando parte de la prueba aportada por la defensa, e interpretando de manera arbitraria la que sí valoró.

Por ejemplo, a pesar de que la propia Oficial Villareal, es decir la supuesta víctima, dijo en el juicio que el arrancamiento de su mechón de pelo pudo haber sucedido cuando Marian caía al piso, la Jueza YUNGANO afirma que Marian le arrancó el pelo estando de pie.
En otro pasaje, a pesar de que existe una pericia médica que afirma que el Oficial Rojo presenta una lesión en la cara interna de la rodilla, por “golpe o choque” contra una superficie dura, lo que demuestra que como dice Marian el policía cayó de espaldas al piso arrastrándola con él, la jueza sostiene que ROJO nunca cayó al piso, sin explicar cómo se lastimó la rodilla en esa zona.

Esta interpretación errada, arbitraria y prejuiciosa de la prueba afectó, para la defensa, las garantías de debido proceso legal y presunción de inocencia y el principio de legalidad que establece que “Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe” (art. 19 Constitución Nacional)

Los principales argumentos de la defensa son entonces: la errónea aplicación de la ley sustantiva; (error en la aplicación de los art. 72 y 89 del Código Penal, de la Ley C.A.B.A. N° 1.799 y de la Ley Nacional N° 26.687) y la arbitrariedad en la valoración de la prueba, ya que violando “las reglas de la sana crítica y las leyes de la lógica y el pensamiento” la jueza da por ciertos hechos que nunca ocurrieron y niega hechos que efectivamente sucedieron.

Finalmente el escrito dedica un extenso capitulo para hacer un relato pormenorizado de todo lo ocurrido en la causa desde el 2/10/2017, y los encuentros previos de Mariana y Rocío con el Poder Judicial, cuando no pudo protegerlas de los abusos que sufrieron.

Por último, citando el Informe “Violencia contra Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en América” emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, demuestra cómo lo sufrido por Marian Gómez estos 22 meses es un claro caso de violencia institucional en razón de su identidad de género, por pertenecer al colectivo LGBTIQ+.







Fuente y fotos:  Campaña por la Absolución de Marian Gomez









Ver también: http://potenciatortillera.blogspot.com/2017/10/marian-gomez.html
http://potenciatortillera.blogspot.com/2018/03/marian-gomez.html
http://potenciatortillera.blogspot.com/2018/02/marian-gomez.html
http://potenciatortillera.blogspot.com/2019/06/marian-gomez.html
http://potenciatortillera.blogspot.com/2019/07/marian-gomez.html


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